Sobre la locura de la Unión Europea y tus opciones para escapar de esta

Parlamento de la UE

La Unión Europea (UE) tiene muchas ventajas, pero sus desventajas han aumentado desproporcionalmente durante los últimos años.

La Unión Europea ha pasado de conseguir grandes logros, como un mercado interior común sin aranceles, el derecho de establecimiento y la apertura de fronteras, a convertirse en un régimen totalitario paternalista que no se detiene ni en los ámbitos más privados de la vida de sus ciudadanos.

En el artículo de hoy queremos hablar de los cambios negativos para los autónomos y empresarios que se han sucedido en los últimos años y de lo que se está tramando en la actualidad.

A petición de la Comisión Europea y de la OCDE, se han adoptado varias medidas que hacen cada vez más difícil gestionar una empresa con éxito, y no sólo para ciudadanos de la UE.

Sin embargo, la soberanía de muchos Estados miembros de la UE sigue siendo alta y, especialmente en Europa Central, existe bastante resistencia a perder competencias nacionales y transferirlas a la UE.

Para finalizar el artículo trataremos de manera breve las oportunidades que tienen los empresarios a pesar de las nuevas regulaciones presentes dentro de la Unión Europea.

Chipre sigue siendo la mejor opción para protegerse viviendo y teniendo la empresa dentro de la Unión Europea, pero en algunos países todavía es posible realizar y vivir sin pagar demasiados impuestos.

Encontrarás al final una pequeña lista con los 5 países más interesantes en la UE, lista con un enfoque especial en impuestos y seguridad social.

Abolición del secreto bancario por parte de la ley FATCA de la Unión Europea

El intercambio automático de información internacional (CRS) no es ya ni mucho menos el único enemigo a tu privacidad, al menos si resides en la Unión Europea. Los Estados de la UE han acordado un sistema más estricto y transparente, fijándose en el sistema estadounidense FATCA. Sistema, que por cierto, pasa desapercibido para muchos.

Así como el intercambio automático de información a nivel mundial sigue teniendo algunas carencias que te permiten evitarlo, estas quedan totalmente eliminadas en el marco del FATCA de la UE. También están incluidos en el intercambio los proveedores de servicios financieros, como los brokers o las fintech.

Los 28 países de la UE intercambian regularmente información sobre los titulares de cuentas. El intercambio se realiza teniendo en cuenta la dirección con la que te has verificado (lugar de residencia) y, a diferencia del CRS, también la nacionalidad.

Por lo tanto, todas las cuentas de la UE, ya sean privadas o de empresa, son completamente transparentes para las autoridades fiscales y para muchos otros organismos.

Generalmente la única forma de impedir que otros países de la UE puedan acceder a tu información sería tener la residencia personal (y nacionalidad) en el mismo país que el banco. En este caso el banco solo facilitaría la información al país en el que te encuentras.

La Directiva 2014/42/UE sobre el embargo

En lo que respecta a la posibilidad de embargar tus cuentas, esto llega tan lejos que un agente judicial puede acceder fácilmente a tus cuentas incluso fuera del país.

Todos los países de la UE, exceptuando Dinamarca y Gran Bretaña, han firmado la Directiva 2014/42/UE sobre el embargo, cuyo objetivo es facilitar el embargo transfronterizo de cuentas.

Las cuentas extranjeras siguen disfrutando de cierto grado de protección aunque se encuentren en la UE. Es poco probable que Haciende te vacíe la cuenta que tienes en otro país de la UE de un día a otro y sin previo aviso.

Sin embargo, ha de quedar claro que las cuentas en la UE no son seguras, que en caso de deudas los acreedores podrían llegar a tener acceso a estas, y claro, gracias al Acuerdo FATCA de la UE, los agentes judiciales saben dónde buscar, pues tienen una idea bastante exacta de las cuentas y las cantidades con las que cuentas dentro la Unión Europea.

El empresario transparente a través del registro de transparencia de la UE

Por supuesto, la transparencia en la UE no solo afecta a las cuentas bancarias, sino también a las propias empresas. Incluso el público general puede acceder a esta información.

Así como antes existía la posibilidad de evitar aparecer públicamente en el registro mercantil acudiendo a testaferros, en el futuro un registro de transparencia de los beneficiarios efectivos hará que esto resulte inútil.

Todos los Estados miembro de la UE deberían introducir un registro de transparencia que ofrezca detalles precisos sobre el o los denominados “beneficiarios finales” de las sociedades.

A partir de ahora usar los típicos servicios fiduciarios no tendrá sentido, el que realmente no pueda o no quiera figurar en el registro deberá poder confiar plenamente en otra persona y cederle todos los poderes.

Normas SEC en todos los países de la Unión Europea

Si hasta ahora solo los países occidentales de fuerte presión fiscal de la UE tienen sus normas respecto a sociedades extranjeras controladas (SEC o CFC rules), todos los demás países miembros de la UE deberán tener lo mismo para el año 2021.

Las normas SEC (CFC rules) tienen como objetivo impedir la gestión de sociedades fantasma en el extranjero, gravándolas como si se tratasen de empresas locales (gestión efectiva) o aplicando impuestos adicionales (si tienen ingresos pasivos).

Hasta ahora, con residencia en los países de Europa del Este no tenías problema para administrar sociedades extranjeras. Queda por ver cómo se desarrollará esto tras la introducción de las CFC-Rules.

Sea como sea, hay esperanza, la UE no ha impuesto ninguna condición mínima a las CFC rules. Así, Chipre ha introducido CFC rules, pero solo a nivel de empresa, es decir, no se aplican sobre las empresas controladas por personas.

Lo dicho, queda por ver cómo se desarrollará la legislación en los países de Europa del Este.

Impuesto de salida en la UE (exit tax)

Al igual que ocurre con las CFC rules, todos los Estados miembros de la UE deberán introducir también impuestos de salida para 2020. Esto se aplicaría en el caso de que un contribuyente abandonase el país y se trasladase a un país no perteneciente a la UE.

La idea es que se aplique un impuesto de salida a todas las participaciones o acciones en empresas que superen el 1%. Esto será así tan pronto como el contribuyente haya estado sujeto a tributación por obligación personal en el país de la UE respectivo durante al menos 5 años a partir de los últimos 10 años.

Por norma general, el impuesto de salida supone que se valoran las participaciones en posesión de la persona que emigra y se someten a tributación como si se hubiera producido su venta en el momento de la salida.

La venta de la empresa no tiene por qué ser real (nadie te obliga a vender), lo que sí es real son los impuestos que deberás pagar sobre las plusvalías (la diferencia entre el valor de adquisición y el de venta).

No obstante, los Estados miembros de la UE todavía disponen de cierto margen de maniobra para introducir el impuesto de salida.

Polonia, por ejemplo, exime de impuestos de salida a las empresas con participaciones por debajo del millón de euros. Otros países exigen una cierta participación mínima, un período de permanencia u otros factores.

Obligación de informar en casos de optimización fiscal internacional – DAC6 (directiva sobre intermediarios fiscales)

De conformidad con la Directiva DAC6 (sobre la que tenemos un artículo en preparación), los asesores fiscales, abogados o cualquier otro tipo de profesional residente en la UE debe informar a una autoridad nacional de los proyectos de internacionalización para la optimización fiscal de empresa de los que sepa. La obligación de informar se transfiere al cliente en aquellos casos en los que el asesor fiscal se apoya en su deber de mantener la confidencialidad o si se trata de un asesor con sede fuera de la UE.

La Normativa General de Protección de Datos (RGPD)

En 2018, la normativa general de protección de datos causó un gran revuelo. En la práctica, la nueva normativa no ha sido tan temible como se esperaba. Aquellos que se ciñen a las nuevas directrices de protección de datos de la RGPD, aunque sea de manera superficial, están seguros en la mayoría de los Estados miembros. Este artículo describe las opciones que tienes para adaptarte o evitar la RGPD.

En este punto cabe mencionar que la UE está lejos de haber saciado su afán regulatorio en lo que a internet se refiere. En particular, la ley de derechos de autor para los editores de prensa, recientemente aprobada, con la introducción de un posible filtro de carga, es motivo de preocupación y plantea problemas a muchos empresarios online de la UE.

Sea como sea queda por ver cómo se aplica esta ley, Google y otras grandes empresas de EEUU no se limitarán a seguirles el juego sin más. No será la primera vez que cierran un servicio en la UE.

El fin de las IP Box

Las populares Patent Box que permitían ahorrarse muchos impuestos podrán seguir utilizándose en algunos Estados miembros de la UE hasta 2021. Todos los ingresos procedentes de derechos sobre propiedad intelectual están según estas sujetos a un impuesto bastante más bajo del común.

En Chipre se trata de una rebaja de alrededor del 80 %, es decir, un impuesto efectivo del 2.5 % (en lugar del impuesto de sociedades del 12,5% habitual). La IP box de Chipre está definida de forma muy amplia y permite incluir la venta de libros electrónicos, cursos en formato vídeo y mucho más.

Esta práctica fiscal no gusta en la UE, de forma que se ha obligado a eliminarlo. La nueva ley para la IP box se ha desarrollado siguiendo las recomendaciones de la OCDE.

Así, seguirá siendo posibles acogerse a estas, pero de una forma muy diferente, solo servirán a las grandes empresas. En concreto, solo las patentes y los programas informáticos pueden beneficiarse de la rebaja fiscal, y solo en un determinado país en proporción a los costes de desarrollo.

Reforma del IVA en la Unión Europea

En 2018 se adoptó una reforma del IVA de la Unión Europea. Esta afecta en mayor medida a las empresas que no forman parte de la UE y crea lo que llaman una competencia más justa, (ahora ya nadie tiene ventajas).

Por un lado, no se aplicará la exención del impuesto sobre el IVA para las mercancías de menos de 22 € enviadas directamente a la UE desde el exterior. El caso típico eran los envíos desde China.

Además los marketplaces como Ebay y Amazon estarán obligados a solicitar y comprobar los números de IVA de las empresas que venden con ellos.

También se revisó el IVA en productos digitales distribuidos automáticamente. A diferencia de lo que ocurre con las otras modificaciones, en este caso nos encontramos ante un cambio positivo: en lugar de tener que cobrar el IVA según el país del cliente desde el primer euro, en los productos digitales distribuidos automáticamente se podrá cobrar el IVA del país origen (de la empresa) hasta un umbral de 10 000 € por país.

Es decir, si en el país origen de la empresa no se impone IVA, hasta 10 mil euros de ventas en productos digitales no estarás obligado a cobrar IVA.

La lista negra de la Unión Europea

Para combatir la evasión fiscal internacional, la UE ha elaborado una lista negra de paraísos fiscales. Actualmente, esta lista solo es simbólica. Sin embargo, cabe la posibilidad de que en un futuro conlleve sanciones a los países en ella.

Actualmente la lista incluye a los siguientes países:

Samoa, Trinidad y Tobago, Samoa Americana, Guam, Islas Vírgenes, Aruba, Barbados, Belice, Bermudas, Dominica, Islas Fiyi, Islas Marshall, Omán, Emiratos Árabes Unidos, Vanuatu.

Medidas BEPS

Como ya comentamos en su momento, el paquete de acciones de la Directiva BEPS de la OCDE (Base Erosion and Profit Shifting, en español «Erosión de la base imponible y traslado de beneficios») va incluso más allá que las CFC rules y el DAC6.

Sea como sea, la mayoría de acciones hacen referencia principalmente a las grandes empresas.

Algunas de las acciones incluyen:

  • Evitar los desajustes por estructuras híbridas
  • Variaciones en la definición del lugar
  • Denegación de beneficios de los Convenios de Doble Imposición (Cláusulas de limitación de beneficios)
  • Precios de transferencia

En perspectiva: Impuesto de sociedades general

No cabe duda: la Unión Europea aún no se ha cansado de regular. Después de intentar evitar por todos los medios la evasión y el fraude fiscales, se prevé que el próximo paso no tarde en llegar.

Estamos hablando de la implantación de un impuesto de sociedades general para toda la UE.

En la actualidad, ya se están llevando a cabo importantes debates sobre el cambio del principio de unanimidad en materia fiscal de los Estados miembros de la UE a un principio de mayoría (mayoría simple).

Este cambio hará más fácil legislar en la UE y dificultará que los Estados que dan mejores condiciones fiscales a las empresas puedan proteger su legislación fiscal nacional.

Actualmente, el impuesto de sociedades mínimo permitido en la UE es del 10%. Sin embargo, muchos países han hecho excepciones para las empresas más pequeñas, que gravan su volumen de negocios hasta un determinado volumen mínimo o que tienen un número de empleados determinado.

Otros países, como Malta, tienen un procedimiento complicado de devolución de impuestos que convierte el 35% de impuesto de sociedades en un impuesto efectivo del 5%.

Polonia y Hungría, los Estados más “rebeldes” en la UE, se rebelan abiertamente con un impuesto de sociedades del 9%.

En los debates sobre un impuesto de sociedades común se habla actualmente de que este sea del 28 % y que, por supuesto, se aplicará en todos los países de la UE.

En perspectiva: Impuesto de la Unión Europea según nacionalidad

En última instancia, esto también podría equivaler a una tributación de la renta mundial de los ciudadanos de la UE en función de su nacionalidad.

En la actualidad, solo los Estados Unidos de América y el país africano Eritrea aplican este sistema de tributación a sus ciudadanos. No importa en qué parte del mundo vivan, deben pagar impuestos a sus países de origen.

En los EEUU se aplica una exención de impuestos de aproximadamente 100.000 $, siempre y cuando el contribuyente tenga una residencia fiscal en el extranjero y pase un máximo de 35 días del año natural en los EEUU.

A partir de dicha cantidad los estadounidenses deben pagar impuestos también en los Estados Unidos. Por supuesto, se tienen en cuenta los convenios de doble imposición.

El impuesto según la nacionalidad resulta ser un impuesto muy difícil de evitar.

En el caso de Eritrea, directamente no se permite a sus ciudadanos renunciar a la nacionalidad y someten a sus familiares a torturas en caso de que el eritreo en el extranjero no pague los impuestos en su país de origen.

Los EEUU siguen un sistema algo más civilizado, sí te permiten renunciar a tu nacionalidad estadounidense (y no torturan a familiares de los evasores de impuestos), pero tienes que pagar una tasa de tramitación de 3.000 $ y pasar por un contrainterrogatorio con capacitados funcionarios estadounidenses que quieren evitar que tomes esta decisión.

Ah, y además tienes que pagar un exit tax.

Al renunciar a la nacionalidad estadounidense te obligan a pagar todos los impuestos sobre la renta de los últimos 5 años de una sola vez.

Una vez que has abandonado la nacionalidad volver a pisar tu país de origen no será fácil, te pondrán muchos problemas en la frontera.

Es probable que en algún momento, Alemania y otros Estados de la UE quieran usar este sistema de impuestos de acuerdo con la nacionalidad. Lo único que de momento prohíbe este sistema tributario es la legislación de la UE.

La Unión Europea no permite este tipo de impuestos en función de la nacionalidad si surge como iniciativa de un solo país. Por supuesto la cosa cambia si la mayoría se pone de acuerdo, en ese caso todos los países estarían obligados a adaptar este sistema.

No es de extrañar que ya se estén realizando esfuerzos a nivel de la UE para gravar la nacionalidad de la UE.

Existe un grupo de trabajo de la Comisión Europea que está trabajando en esta cuestión. Después de todo, el sueño tan deseado de la UE de tener un impuesto propio puede hacerse realidad a través de este tipo de impuestos intracomunitarios.

La introducción de un impuesto por nacionalidad en toda la UE tendría probablemente como consecuencia que también los ciudadanos de la UE en otros continentes tendrían que pagar impuestos a la Unión Europea.

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En perspectiva: Mayor integración en la Unión Europea

Sin duda, una Europa descentralizada formada por pequeños Liechtensteins sería muy bonita, pero no es eso lo buscan los fans de un superestado europeo, una idea que apoyan incluso algunos partidos supuestamente liberales.

La mayor parte de los partidos políticos en la UE buscan una mayor integración de sus respectivos países en la Unión Europea.

Así, no será de extrañar que en los próximos años la Unión Europea interfiera cada vez más en los diferentes ámbitos de la vida de sus ciudadanos.

Los impuestos solo son una pequeña parte de todo esto, aunque especialmente importantes para los empresarios y trabajadores autónomos.

Los 5 países más interesantes para los que quieran permanecer en la Unión Europea

A pesar de todos los cambios que ha experimentado la Unión Europea, aún sigue ofreciendo bastantes ventajas.

En algunos casos seguir en la UE es necesario para dar el salto hacia una exención fiscal total en un país fuera de Europa.

Esto se debe principalmente al exit tax en países como Alemania, Austria y por supuesto España, que tienen retenidos a muchos empresarios.

Sin embargo, gracias a la posibilidad de aplazamiento del exit tax en caso de traslado a otros países de la UE, estos empresarios pueden conseguir bastantes ventajas fiscales.

A continuación encontrarás los que podrían ser los 5 países más interesantes en la Unión Europea, los que ofrecen, generalmente, los impuestos más bajos.

Este ranking está pensado para empresarios con un beneficio anual de 100.000€ o más. Para autónomos y pequeños empresarios que se encuentren por debajo de este mínimo hay otros países que pueden ser igual o más interesantes. En esta lista se encontrarían por ejemplo países como Lituania o la República Checa.

Cuanto más elevado es el beneficio antes de impuestos menos importante son los costes de las estructuras en casos como el de Chipre y, sobre todo, Malta.

No cabe duda de que tendrás que hacer una inversión mínima para poder disfrutar de las ventajas fiscales que presenta ciertos Estados en la UE. Pero por norma general, los costes están muy por debajo de los beneficios fiscales.

Por cierto, antes de que preguntes: sí, Andorra podría estar en esta lista por los beneficios fiscales, pero no cumple con el requisito de estar en la Unión Europea.

En cuanto a Portugal, el futuro de su programa NHR es incierto (además, no es fácil para empresarios cumplir con los requisitos), así que de momento dejamos también esta opción fuera.

Chipre

Chipre sigue siendo el non plus ultra en la UE. Es el único Estado miembro de la UE en el que podrás vivir libre de impuestos a largo plazo.

Además, gracias a que Chipre ya ha reaccionado a todas las medidas de la Ue mencionadas en este artículo, existe un marco que garantizará la seguridad jurídica a largo plazo.

Un posible acuerdo futuro en cuanto a elevar los impuestos mínimos en la UE tampoco influiría en el atractivo de Chipre, ya que la propia UE ha garantizado mantener la tributación de los non-dom chipriotas durante al menos 17 años.

El programa non-dom chipriota ya ha sido descrito al detalle en el pasado, y ha experimentado varios cambios durante los últimos años.

La principal ventaja del non-dom en Chipre es que están libres de impuestos sobre los ingresos por intereses, dividendos y ganancias de capital.

Los beneficios en bolsa (excepto para el forex) están libres de impuestos en Chipre (también para los que no son non-dom). Además, tienes un mínimo de 19.500 € anuales libres de impuestos.

Sea como sea, para permanecer libre de impuestos en Chipre la mejor opción es constituir una sociedad en el extranjero para así poder cobrar los beneficios vía dividendos.

Durante mucho tiempo no ha estado claro cómo iba a hacer Chipre con las CFC rules que (al igual que todos los demás estados europeos) estaban obligados a introducir.

Ahora está claro que las CFC en Chipre se aplican únicamente a nivel de las empresas, no a nivel de los particulares non-dom.

Aunque no se paguen impuestos en forma pura, no se puede evitar una pequeña parte de las cotizaciones a la seguridad social. Al final son al menos unos 120 euros mensuales los que debes pagar.

Además, en 2019 Chipre cambió su sistema sanitario al modelo del NHS (Servicio Nacional de Salud) británico. De esta manera, se aplicará un impuesto solidario en 2019 de 1,65%, a partir de 2020 será del 2.6 %. Esta tasa tiene un máximo a partir del cual ya no pagas más. Para 2019 el tope que puedes tener que pagar así es de 3600 €, 4770 € a partir de 2020.

En Librestado ya hemos ayudado a más de 300 empresarios en los últimos 3 años a emigrar directamente a Chipre (y hemos apoyado a muchos más indirectamente).

Si también quieres conocer el último paraíso libre de impuestos que queda en la UE, escríbenos cuando quieras.

Malta

Actualmente, Malta se encuentra muy por detrás de Chipre. El sistema non-dom de Malta funciona de la misma manera que el modelo inglés, estás libre de impuestos mientras no se introduzcan los ingresos dentro del país.

Con esta opción, siempre tendrás que pagar impuestos, ya que tendrás que introducir un mínimo de dinero para cubrir los gastos de subsistencia. No importa en este caso que cubras los gastos pagando por transferencia, con tarjeta de crédito o en efectivo.

El importe introducido se grava con el impuesto sobre la renta normal progresivo maltés hasta el 35 % más las cotizaciones sociales (alrededor del 10%).

Para evitar que nadie haga trampas en la declaración de impuestos, a partir de 2018 se aplicará un impuesto mínimo de 5.000 €, que cubriría los primeros 35.000 € utilizados en Malta.

Malta, a diferencia de Chipre, presta mucha atención a las empresas extranjeras de sus residentes, para no tener problemas deberán poseer suficiente sustrato empresarial (al menos administrador y oficina).

Como non-dom en Malta lo más sencillo es usar el modelo de devolución de impuestos propio de allí, que equivale a un impuesto de sociedades efectivo del 5%.

Las empresas maltesas pagan primero un impuesto de sociedades del 35%, pero luego, si lo solicita, se le reembolsa el 30%.

Oficialmente, este proceso debería durar solo 2 semanas, pero según la experiencia la devolución puede llevar desde varios meses hasta 2 años, lo que supone una gran desventaja en términos de liquidez.

Otro problema es que el reembolso no está dirigido a la empresa, sino a sus accionistas. Si se trata de un particular con residencia en Malta y recibe el dinero directamente, tendría que pagar impuesto sobre el dinero introducido en Malta, además de las cotizaciones a la seguridad social local.

Para evitar esta situación se utiliza una sociedad holding, que está en posesión de las acciones de la sociedad operativa maltesa, eso sí, el coste por la estructura aumenta.

Una buena opción es usar la LP británica como holding. La devolución de impuestos y los beneficios provenientes de la sociedad operativa en Malta permanecerían libres de impuestos siempre que no se introduzcan ni utilicen en Malta.

Por norma general, la sociedad maltesa pagará un salario de 35.000 € para cubrir el impuesto mínimo de 5000 € (recuerda que ese es el impuesto mínimo que deberás pagar). Esto te permitirá al menos desgravar esta cantidad.

En principio también podrías optar por usar empresas extranjeras, pero deberán tener el sustrato empresarial adecuado y la administración efectiva deberá estar fuera de Malta.

En el caso de Malta, el mínimo de estancia requerido para ser considerado non-dom en Malta es de 183 días. Queda muy lejos esta cifra del mínimo en Chipre que es de solo 60 días, lo cual te da mucha más flexibilidad a la hora de decidir dónde pasas tu tiempo.

Al igual que en Chipre, también en Malta existe la opción del HNWI non-dom (residencia para adinerados). En este caso no se requiere una estancia mínima.

Eso sí, para los HNWI se debe adquirir una propiedad de al menos 275.000 € o 220.000 € en el sur de Malta o Gozo.

También puedes convertirte en HNWI alquilando un inmueble. En este caso el precio mínimo es de 9.670 € o 8.750 € al año. Además, los HNWI deben pagar un impuesto mínimo de 15.000 € anuales. Cualquier ingreso generado en Malta se gravaría con un impuesto fijo del 15%.

Irlanda

Irlanda tiene un sistema tributario non-dom similar al de Malta, basado en el modelo inglés. Aunque aquí no hay impuesto mínimo, la renta mundial debe ser declarada anualmente. Y no resultará creíbles que una persona con 200.000 USD de beneficios anuales esté viviendo únicamente con 35.000 euros al año.

Por norma general, se presta atención al sustrato empresarial de empresas extranjeras controladas.

La estructura recomendada para residentes non-dom en Irlanda consiste en utilizar una limited irlandesa como sociedad operativa y añadirle luego una sociedad holding extranjera.

La limited irlandesa está sometida a un 12,5% de impuesto de sociedades y paga un salario al administrador para así reducir el beneficio.

El salario deberá ser de un máximo de 35.300 €, pues esa es la barrera a partir de la cual se salta del 20% al 40% de impuesto sobre la renta. Por supuesto, se deberá cotizar a la seguridad social por el sueldo pagado.

Los beneficios de la Ltd irlandesa se transfieren como decíamos a una holding extranjera. Una buena opción sería crear una LP en Reino Unido, ya que no se aplicarían ningún tipo de retenciones.

Con esta solución, mientras el dinero no se utilice en Irlanda, el residente non-dom no estará obligado a pagar impuestos en Irlanda ni en Reino Unido.

En cuanto al tiempo de estancia, en Irlanda deberás pasar un mínimo de 183 días para ser considerado residente fiscal. Alternativamente también es suficiente con 280 días repartidos en 2 años.

Bulgaria

Bulgaria tiene la ventaja de ser un país muy barato en Europa del Este, y que a pesar de obligarte a tributar por la renta mundial, los costes globales son mucho más bajos que con las otras residencias.

El impuesto sobre la renta de Bulgaria es del 10%, impuesto que incluso se reduce al 5% en el caso de los dividendos.

El funcionamiento habitual es tener una empresa búlgara que paga un 10% de impuesto de sociedades, la empresa paga el salario mínimo del administrador (y la cotización a la seguridad social; aprox. un 18%). El resto del dinero ganado se reparte en forma de dividendos, tributando a un 5%.

El uso y la administración de empresas extranjeras sigue siendo posible incluso sin sustrato empresarial, pero probablemente esto cambie en un futuro próximo por la introducción de las CFC rules.

Para ser considerado residente fiscal deberás contar con una estancia mínima de 183 días o alguna prueba creíble de que tienes el centro de intereses vitales en Bulgaria (por ejemplo: inmuebles en propiedad, negocios locales, niños en edad escolar, etc.).

Rumanía

Al igual que ocurre en Bulgaria, en Rumanía también pagas un impuesto sobre dividendos del 5%.

Sin embargo, las microempresas rumanas ofrecen aún mejores condiciones para ciertos empresarios. Sólo pagas el 3% sobre la facturación mientras esta no supere el millón de euros. En caso de tener un empleado rumano el impuesto baja del 3 al 1% sobre la facturación.

Para otros casos, el impuesto de sociedades en Rumanía es del 16%. El sueldo mínimo es de 4.900€, sobre los que tendrás que añadir la cotización a la seguridad social (aprox. el 25%).

El impuesto general sobre la renta es del 10%.

Para ser considerado residente fiscal en Rumanía deberás pasar al menos 183 días allí o poder probar que tienes el centro de intereses vitales en Rumanía.

Finalizando

Por supuesto hay más opciones en la Unión Europea, según el caso también Hungría, Portugal, Polonia y otros países europeos pueden ser interesantes.

Si quieres saber cuál es la mejor opción para ti, seguro que te interesará nuestro ebook, la enciclopedia para el emigrante en la que analizamos más de 60 países para tu residencia personal.

O si prefieres que te ayudemos a analizar tu situación y encontrar la mejor opción para tu caso, puedes contratar directamente una consulta.

¡Porque tu vida es tuya!

15 comentarios en «Sobre la locura de la Unión Europea y tus opciones para escapar de esta»

  1. En primer lugar, gracias por el excelente articulo. En relacion a este parrafo del mismo: «Generalmente la única forma de impedir que otros países de la UE puedan acceder a tu información sería tener la residencia personal (y nacionalidad) en el mismo país que el banco. En este caso el banco solo facilitaría la información al país en el que te encuentras».
    Con el sistema de intercambio de informacion, los bancos informan a tu pais de residencia, el que registraste al abrir la cuenta y aportaste el CIF del mismo, no solo de los saldos medios de la cuenta sino tambien de los ingresos recibidos de la misma. Pero esto mismo, solo que sin necesidad de intercambio tambien lo hacen los bancos de tu pais de residencia. Por poner un ejemplo si soy residente en España y tengo dos cuentas en España y una cuenta en Francia y otra en Alemania, en España sabran sin ningun tipo de esfuerzo toda la informacion referente a mis cuentas en España y, mediante el sistema de intercambio, sabran tambien que saldos tengo y que ingresos percibo en las cuentas de Francia y Alemania. ¿Es correcto? y si fuera residente pero no nacional, siguiendo con el ejemplo resido en España, tengo CIF español, pero soy de nacionalidad portuguesa informarian unicamente a España, ya que es el pais donde resido, no a Portugal, si no resido ¿que interes tiene informar sobre mis cuentas?.

    La verdad es que esta Union Europea esta cada vez peor en todos los sentidos. Nuevamente gracias por su trabajo y por estos articulos tan aclaratorios.

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    • Hay que diferenciar entre el intercambio automático de información y la posibilidad de acceder a la información.
      En principio, las Haciendas de cualquier país de la UE puede acceder a petición a tu información económica en otros países de la UE (y países asociados como Andorra y Suiza).
      En cuanto al intercambio automático, este se da con el país de residencia y el de la nacionalidad.

      Responder
  2. Muchas gracias por el articulo, es de gran valor.
    Para cambiar la residencia fiscal de España a Andorra, tendriamos exit tax? Para evitarlo, primero deberiamos hacernos residentes fiscales de otro pais europeo que no tenga exit tax y despues, al año siguiente (par hacer al menos una declaracion de la renta en el pais intermedio) volver a cambiar la residencia fiscal a Andorra, no?
    Por otro lado, es razonable invertir en inmobiliario en Andorra a traves de una sociedad offshore? Asesorais vosotros sobre este tipo de estructuras en las que se deben tener conocimientos sobre la legislacion Andorrana?
    Muchas gracias por la respuesta y por ayudar con vuestros articulos.

    Responder
    • Por desgracia para escapar del exit tax tienes que trasladarte a un país de la UE, no vale Andorra, Suiza y demás. Por otro lado, tampoco vale con ir a un país de la UE por 1 año y luego volver a trasladarse. El exit tax se cancela solo a los 10 años de haber salido de España, es decir, tienes que residir en un país de la UE durante 10 años.
      Por supuesto, tienes opciones sencillas como la de Chipre, con solo 60 días de estancia. Por otro lado, también existen otros camino de escapar del exit tax.
      Si quieres todo eso se puede ver en una consulta librestado.com/consultoria

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  3. Hola,
    ¿Entonces si me voy a Ceuta o Melilla que no pagas IVA sino el IPSI no tendria que incluir IVA en las ventas que haga aunque sean a traves de un distribuidor externo a la UE?

    Responder
    • Dices que una opcion es Chipre.
      Creo haber visto que cuando un pais esta en la lista de paraiso fiscal en la Hacienda española si te vas avivir alli tendrias que declarar en españa el año que te vas y los cuatro años siguientes.
      No es asi?

      grtacias

      Responder
  4. Hola,

    Muy interesante. Muy completo para impuestos sobre Renta anual.

    ¿que sucede con los impuestos al Patrimonio?
    ¿Teneis algún estudio hecho ?
    ¿hay paises que no lo graven?
    ¿Es facil trasladar el patrimonio mobiliario o pueden surgir problemas?

    Gracias y felicidades por esta web !

    Responder
    • No tenemos un estudio directamente sobre países con y sin impuesto al patrimonio, pero sí, existen muchos países que no lo gravan, de hecho todas las opciones interesantes para la residencia de las que hablamos en el blog son en países sin este impuesto (Chipre, Panamá, etc.).

      Responder
  5. primero gracias por todo , me anima que hay opciones, pero lo complicado es encontrar la adecuada para mi caso, no se si me puedes guiar en esto? te comento por si tu o algún contacto me puede ayudar. gracias
    hola
    soy artista pintor, vendo mis obras online y las envío a mis clientes, en su mayoría son clientes particulares (aunque es a través de galerias online de arte, y ellos me mandan a mi los pagos, despues de quedarse conb su comision etc, paginas americanas, inglesas, francesas.) y alguna vez empresas. los clientes son mas o menos, el 40% de estados unidos, otro 40% de reino unido y el resto de otroas paises europeos o internacionales. tengo unas ventas anuales que estarán entre los 35.000€ y los 70.000€ (pudiendo ser bastante mas en proximos años) y mi pareja ahora mismo genera algo menos pero llegará a las mismas ventas que yo o mas proximamente, que se dedica a lo mismo.
    yo soy español y ella de bielorrusia, nos preguntamso en que paises nos interesa vivir que podamos conseguir residencia temporal y pagar una tasa de impuestos mas baja que en españa. estoy viendo la posibilidad de Georgia y Montenegro,
    en georgia me resulta confuso porque pensaba que mis ingresos contaban como obtenidos en el extranjero pero parece ser que al ser envios fisicos del producto desde dentro del pais al extranjero cuenta como ganancia, venta en territorio nacional, por lo que tiene un impuesto de 18%…..pero no estoy seguro de si es así. ,
    si lo consigo te mando un cuadro a donde quieras jaja que estan bien valorados y espero que en el futuro mas 😉
    gracias!!

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    • Hola Ángel. Lo dicho, hay opciones. Si quieres contrata una consulta y te las explico. Lo del cuadro no puedo aceptarlo, vivo con mi familia de un lado a otro 🙂

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  6. Conozco a residentes en España que teniendo ganancias unicamente en forex (CFD) y/o criptomonedas, no declaran al fisco. Dicen que realizan pequeñas compras online y retiros en metálico y que no les dicen nada. Llevan años así. ¿Cómo es posible? Gracias y enhorabuena por el blog.

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  7. Hola Librestado

    ¿Qué os parece Hungría? Aparentemente tienen un 9 % de Impuesto de Sociedades para las empresas.

    ¿Y qué más habría que tener en cuenta sobre eso? Es decir, la letra pequeña de todo este país a nivel fiscal, y lo bonito y lo no tan bonito de Hungría en cuestión de fiscalidad

    Si que estaría interesante que publiquéis un post sobre Hungría, al igual que lo hubo de Polonia

    Gracias y enhorabuena por vuestra labor!

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    • Hungría es una buena opción, sí. Posiblemente escribamos sobre el país, pero vamos, que viene a ser parecido a lo que tienes en Croacia, Bulgaria, Rumanía, etc.

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